

A partir del 1 de enero de 2006, en conformidad con Los Estatutos de Florida, Capítulo 203, se estableció un impuesto a los ingresos brutos a los servicios públicos que son prestados a los clientes minoristas en Florida. El impuesto es recaudado en todas las empresas de distribución, incluyendo Peoples Gas, que reciben pagos por la venta o transporte de gas natural a un cliente minorista.
El impuesto a los ingresos brutos no es un impuesto nuevo y muchos clientes de Peoples Gas ya lo están pagando desde hace años, aunque la forma en la cual es calculado ha cambiado. Además, Peoples Gas ahora tiene la responsabilidad de recolectar el impuesto de todos sus clientes (incluyendo los clientes de transporte que compran su gas de un origen distinto que Peoples) a menos que ellos estén exentos. El cambio será mínimo para aquellos clientes que ya han pagado el impuesto en el pasado.
A partir de enero de 2006, su factura de Peoples Gas incluirá el impuesto a los ingresos brutos con respecto a las ventas o transporte de gas natural hasta su establecimiento, a menos que usted califique para alguna de las excepciones que se describen a continuación.
Las siguientes opciones están exentas del impuesto a los ingresos brutos:
Si su empresa califica para alguna de estas exenciones por favor complete un certificado de extensión y envíelo a Peoples Gas antes del 15 de noviembre de 2005. Un certificado de exención debe ser suministrado a Peoples Gas, en el caso que no estemos a cargo de recaudar el impuesto a los ingresos brutos.
Envíe su certificado de exención completo a:
Peoples Gas System
TECO Plaza
702 North Franklin Street
Tampa, Florida 33602
Atención: Customer Accounting